Copyright © n.d.
National Housing Law Project
614 Grand Ave, Suite 320
Oakland, CA 94610
510-251-9400
Este proyecto fue apoyado por el subsidio No.2008-TA-AX-K030 de la Oficina de la violencia contra la mujer, Departamento de Justicia de los Estados Unidos.Las opiniones, conclusiones y recomendaciones expresadas en esta publicación son del autor y no necesariamente reflejan el punto de vista del Departamento de Justicia, Oficina de la violencia contra la mujer.
¿Es víctima de violencia doméstica, violencia en el noviazgo o acecho? ¿Vive en una vivienda pública, en una vivienda del Artículo 8 o en una vivienda de apoyo para ancianos o discapacitados?
Una ley llamada VAWA (siglas en inglés), la Ley sobre la Violencia contra las Mujeres, puede ayudarla.
¿Estoy cubierta por las protecciones de vivienda de VAWA?
La ley VAWA se aplica sólo a inquilinas en determinados programas de vivienda asistida:
Vivienda pública
Cupones del Artículo 8
Artículo 8 basado en el proyecto
SArtículo 202 de vivienda para personas mayores
Artículo 811 de vivienda para personas con discapacidades
La ley VAWA protege a las víctimas de violencia doméstica, violencia en el noviazgo y acecho. También cubre a los familiares inmediatos de la víctima, excepto al abusador.
¿Qué derechos ofrece la ley VAWA?
Los derechos para las víctimas de violencia doméstica, violencia en el noviazgo y acecho incluyen los siguientes:
Si solicita una vivienda, no se la pueden negar simplemente por ser víctima.
No puede ser desalojada ni perder su cupón sólo por ser víctima de violencia.
Los actos de violencia contra usted no pueden ser considerados “infracciones graves o reiteradas” de su contrato de arrendamiento o una “justa causa” para desalojarla o anular su cupón.
¿Qué sucede si necesito echar al abusador de la casa?
Si un miembro de su hogar ejerce violencia contra usted, la autoridad de vivienda o su arrendador podrán desalojar solo al abusador y dejar que usted o a su familia permanezcan en la vivienda.
¿Qué sucede si debo mudarme para escapar del abuso?
Si tiene un cupón del Artículo 8, la ley VAWA establece que la autoridad de vivienda podrá permitir que usted se mude y conserve su cupón, aun si no ha finalizado su contrato de arrendamiento. La autoridad de vivienda podrá pedirle que demuestre que se muda debido a la violencia.
La ley VAWA no cubre mudanzas de emergencia para inquilinas de viviendas públicas. Pero usted puede pedirle a la autoridad de vivienda que la transfiera a otra unidad. La autoridad de vivienda podrá solicitarle que haga su pedido por escrito y que demuestre que se muda por razones de seguridad.
¿Cómo demuestro que puedo usar las protecciones de la ley VAWA?
Para saber si puede usar la ley VAWA, la autoridad de vivienda o el arrendador podrán pedirle un documento que demuestre que usted es víctima de violencia doméstica, violencia en el noviazgo o acecho. Hay tres maneras de demostrar que usted es víctima:
Complete un formulario de certificación. En el formulario colocará el nombre del abusador, la fecha, la hora y el lugar en que sucedió el hecho violento y una descripción de este hecho. Para obtener el formulario, llame a la autoridad de vivienda o a una oficina de asistencia legal.
Proporcione una carta firmada por un proveedor de servicios para víctimas, por un abogado o por un profesional médico que lo ayudó con el abuso. Usted también debe firmar esta carta.
Proporcione un registro policial o judicial, por ejemplo, una orden de restricción.
La autoridad de vivienda o su arrendador deben darle por lo menos 14 días hábiles (fines de semana y feriados no cuentan) para presentar una constancia de la violencia sufrida.
¿Un proveedor de vivienda puede compartir con otras personas la información que proporciono sobre el abuso?
No, excepto en algunos casos. La autoridad de vivienda o el arrendador no pueden dar a otras personas la información que usted proporcione sobre el abuso. La información se podrá compartir sólo si usted lo acuerda por escrito, si es necesario para desalojar al abusador de la vivienda o si la ley exige su divulgación.
¿Significa que una víctima de violencia doméstica, violencia en el noviazgo o acecho no puede ser desalojada?
No. Puede ser desalojada por infracciones graves o reiteradas del contrato de arrendamiento que no estén relacionadas con el abuso. El arrendador o la autoridad de vivienda deben aplicar para usted la misma norma que se aplica para los demás inquilinos. El arrendador también puede proceder con el desalojo si existe una amenaza real e inmediata a otros inquilinos si usted no es desalojada. Si recibe cualquier tipo de notificación de desalojo, llame de inmediato a una oficina de asistencia legal.
¿Quién puede ayudarme?
Contacte a un abogado, una agencia de vivienda justa o una agencia de violencia doméstica para saber si VAWA puede ayudarle.